El crowdfunding y la diferencia con los servicios prestados por las entidades de crédito (1ª parte)
Hay diferencias claras que se deben conocer
Hace tiempo que se habla del crowdfunding como una forma para lograr financiación y desarrollar proyectos en momentos en los que las entidades de crédito no concedían financiación. Sin embargo, es importante diferenciar el crowdfunding y los servicios que prestan las entidades de crédito y conocer las características esenciales y el funcionamiento del crowdfunding.
La Ley de Fomento de la Financiación Empresarial define el concepto de “plataformas de financiación participativa” o crowdfunding de la siguiente manera:
“Son plataformas de financiación participativa las empresas autorizadas cuya actividad consiste en poner en contacto, de manera profesional y a través de páginas web u otros medios electrónicos, a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a cambio de un rendimiento dinerario, denominados inversores, con personas físicas o jurídicas que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto de financiación participativa, denominados promotores”.
Rasgos diferenciadores de las plataformas de crowdfunding
En base al concepto anteriormente descrito, podemos establecer las siguientes características esenciales de las plataformas de financiación participativa:
Financiación para un proyecto
A través de las plataformas de crowdfunding se logra una financiación que deberá destinarse exclusivamente a un proyecto del promotor. Ese proyecto puede ser de tres tipos: empresarial, formativo o de consumo.
La Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, establece que no tendrán la consideración de plataformas de financiación participativa, las empresas que capten la financiación por los promotores a través de donaciones, ventas de bienes o servicios o préstamos sin interés; ni las que no estén autorizadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Obligación de información
Como consecuencia de lo mencionado en el apartado anterior, las plataformas de crowdfunding deberán informar en su página web de su funcionamiento, forma de selección de proyectos, tratamiento de la información de los clientes (tanto por los promotores como por los inversores) y riesgos que puede suponer la inversión o el uso de préstamos.
Destino de los préstamos
La Ley no permite que los proyectos de financiación sean destinados a la concesión de créditos o préstamos a terceros, sin embargo, los proyectos sí podrán utilizar como medio para su financiación por los inversores la solicitud de préstamos (participativos o no participativos). En este caso las promotoras serán las prestatarias, ya sean personas físicas o jurídicas.
Es decir, los promotores no pueden presentar un proyecto que consista en ofrecer préstamos, pero sí pueden financiar con dicha modalidad.
Requisitos de los préstamos
Por su parte, los préstamos deben reunir una serie de requisitos como los siguientes:
- No pueden incorporar una garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual del prestatario.
- Deberán detallar sus características, riesgos asociados, modo de formalización descripción de los derechos vinculados, limitaciones y resto de condiciones del préstamo (importe total, plazo, TAE, tipo, tabla de amortizaciones, intereses de demora etc.)
- La información relativa al préstamo es necesario detallarla antes de la formalización de la financiación.
Actividades permitidas y prohibidas para las plataformas de crowdfundig
Las plataformas de crowdfunding pueden ofrecer servicios (si lo solicitaron a la CNMV) de asesoramiento en el análisis de riesgos y de formalización de los contratos de préstamo.
Por otro lado, la ley establece que las plataformas de crowdfunding no podrán actuar como empresas de servicios de inversión ni como entidades de crédito. Tampoco pueden realizar actividades de entidades comercializadores ni depositarias de inversiones, ni recibir fondos (salvo que sean para realizar pagos y con la autorización legalmente prevista), ni recibir activos por cuenta de los promotores o de los inversores en garantía de las obligaciones de los promotores frente a los inversores. Finalmente, las plataformas de crowdfunding no podrán estar adheridas a ningún fondo de garantía de inversiones o de depósitos.
